martes, 12 de mayo de 2009

Hacienda también se equivoca.

incluye en los borradores. De igual modo,
las deducciones por ingresar dinero en
una cuenta ahorro vivienda tampoco se
recogen en estos documentos. De ser así,
el contribuyente perdería la opción de disfrutar
de desgravaciones de hasta 9.015
euros como máximo (en todas las comunidades
excepto en el País Vasco). Otro de
los errores más comunes se halla en las
referencias catastrales de garajes vinculados
a la vivienda habitual que, en ocasiones,
se consideran otro inmueble y, por
tanto, son mal tributados.
Deducción por alquiler: Es habitual que
en el borrador de la Declaración no figure
la deducción por alquiler que, con carácter
general, alcanza hasta un 10% de lo
aportado. Así, si se han desembolsado
10.000 euros durante todo el ejercicio
2008 en concepto de alquiler, se tiene
derecho a una reducción de 1.000 euros.
Desgravación del ahorro: Otra desgravación
que no siempre se refleja en los
borradores es la relacionada con aportaciones
a planes de pensiones y EPSV. Todos
aquellos contribuyentes que hayan realizado
ingresos en estos productos de ahorro a
largo plazo a lo largo de 2008 deben comprobar
que los datos que contiene su
borrador son exactos. La reducción de
impuestos derivada de suscribir y ahorrar a
través de estos productos es una de las
más abultadas. En concreto, en el País
Vasco, las personas de hasta 52 años se
pueden reducir de la base imponible general
hasta 8.000 euros anuales aportados a
estos instrumentos. Los mayores de
52 años pueden disfrutar de una reducción
de su base imponible de hasta 8.000 euros
anuales más 1.250 euros por cada año de
edad que exceda de 52 años. En el territorio
general, para los adultos de hasta
50 años la deducción será la menor de las
dos cantidades siguientes: 10.000 euros
anuales o el 30% de la suma de los rendimientos
netos del trabajo y de actividades
económicas percibidas individualmente en
el ejercicio. Los mayores de 50 años pueden
deducirse hasta 12.500 euros anuales
o el 50% de la suma de los rendimientos
netos del trabajo y de actividades económicas
percibidas individualmente en el
ejercicio.
Deducciones autonómicas: Numerosas
comunidades autónomas han incorporado
en los últimos meses deducciones que, en
ocasiones, tampoco aparecen reflejadas
en los borradores de Hacienda. Ayudas
por alquiler, para discapacitados, por
hacer aportaciones a ONG u otras instituciones
benéficas, por abonar cuotas en
un sindicato, por contribuir a la mejora
del medioambiente, por contratar una
asistenta social... Las deducciones son
muy numerosas y de muy diversa índole.
Por ello hay que informarse sobre las
ayudas fiscales de la comunidad autónoma
en la que se reside. Cada año, además,
las comunidades autónomas amplían
estas ayudas, por lo que conviene
acudir a una fuente fiable y oficial (por
ejemplo una delegación de la Agencia
Tributaria) para informarse con datos
actualizados.
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CÓMO MODIFICAR
O RECTIFICAR
el borrador de Renta
• Por Internet:
www.agenciatributaria.es
• Por teléfono: 901 200 345
• Personalmente: en las oficinas
de la Agencia Tributaria.
• En entidades colaboradoras.

Bálsamo o agonía. Así conciben este año
los contribuyentes su cita anual para declarar
todos los ingresos y movimientos del
patrimonio realizados en el ejercicio 2008.
Para quienes vayan a recibir una suculenta
devolución, hacer balance con el fisco será
la mejor terapia antiestrés y una buena
manera de liberar las tensiones que crea la
crisis en muchos hogares. A otros, sin
embargo, la Agencia Tributaria les mostrará
su cara más amarga cuando vean que el
resultado de su Declaración es positivo y
deben pagar. En cualquier caso, el momento
actual demanda más calma que nunca
para presentar la Declaración del IRPF. Tanto
si sale a pagar como a devolver hay que
convertirse en un avezado investigador
capaz de descubrir cualquier error en el
borrador o en los datos fiscales que pueda
suponer recibir un euro menos del que
corresponde. En este momento de zozobra
económica, Hacienda ofrece una serie de
ayudas que serán muy bien recibidas en los
hogares más ahogados, por lo que no está
de más tenerlas en cuenta. Sirvan, como
guía, los siguientes consejos:
Cuidado con el borrador: Este año,
Hacienda ha enviado el borrador de la
Declaración a más de seis millones de contribuyentes.
Todos ellos, si así lo desean,
podrán confirmar los datos y esperar la
correspondiente devolución o el pago comprometido
desde ahora. Los borradores
contienen los datos más importantes sobre
los ingresos y movimientos bancarios realizados
por los ciudadanos. Sin embargo,
pueden contener omisiones, sobre todo de
deducciones que suponen un importante
ahorro en el pago de impuestos. El borrador
se puede confirmar hasta el 30 de
junio pero lo más conveniente no es dar el
visto bueno cuanto antes con tal de cobrar
de inmediato (para este año, la Agencia
Tributaria acelerará las devoluciones, un
85%, antes de agosto), sino hacerlo bien.
Hay que asegurarse de no dejar pasar por
alto ninguna posible omisión.
Revisión de datos: Numerosos contribuyentes
confirman sus borradores nada
más recibirlos. Muestran una confianza
ciega con Hacienda y para evitarse quebraderos
de cabeza optan por la solución
fácil: confirmar los datos que tiene la
Agencia Tributaria y olvidarse del IRPF.
No obstante, esta sencilla vía no tiene
por qué ser siempre la más rentable. De
hecho, confirmando sin revisar el borrador,
el contribuyente puede estar renunciando
a suculentos recortes en el pago
de impuestos. Por ello, conviene revisar
los documentos en los que figuran las
retenciones de pagos facilitadas por las
empresas con las que el contribuyente
mantenga una relación dineraria (suelen
llegar por correo ordinario).
Datos personales: Otra información que
es aconsejable revisar en los borradores
de Hacienda son los datos personales
familiares, como los relativos al número y
edad de los hijos, que influyen en las
deducciones por familia numerosa, el
fallecimiento de miembros familiares, etc.
Una información equivocada sobre el
número de hijos en una familia numerosa
puede llevar a perder importantes deducciones,
no sólo generales sino también
autonómicas.
Comprobar las deducciones: Una vez
verificados los datos hay que revisar las
deducciones a las que se tiene derecho.
En muchos casos no están reflejadas en
los datos de los borradores, con lo que
conviene revisarlos para no perder el
derecho a la reducción de impuestos que
implican.
Deducción por vivienda habitual: La
omisión más frecuente que pueden contener
algunos borradores es la deducción
de una vivienda habitual, con una desgravación
que puede alcanzar los 900 euros
en el caso de una hipoteca compartida
por una pareja, matrimonio o no, siempre
que decidan realizar la declaración de
forma individual. Los contribuyentes que
residen en Vizcaya, Álava o Guipúzcoa, en
préstamos destinados a la adquisición o
rehabilitación de la vivienda habitual
pueden deducirse, de forma general,
el 18% de las cuotas pagadas durante el
año (amortización más intereses) con el
límite de máximo de deducción anual de
12.000 euros. Si es mayor de 35 años el
porcentaje asciende al 23%. En el resto
de comunidades la deducción máxima es
del 15% de las cuotas pagadas durante el
año (amortización más intereses) con un
límite de 9.015 euros.
Además, en el primer año en el que se
declara la compra de una vivienda pueden
deducirse los gastos de escritura, notario y
seguros suscritos, una opción que no se
Hacienda también se equivoca
LOS BORRADORES QUE REMITE HACIENDA A MILLONES DE ESPAÑOLES PUEDEN CONTENER
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